El Congreso de la Nueva Granada, expidió el 1 de junio la primera legislación nacional sobre comercio terrestre y marítimo, en cuyo artículo 1110 de roga las ordenanzas de Bilbao de 1737.
No obstante este código fue una copia del codigo español de 1829, el cual tambien fue adoptado por Argentina, Bolivia, Chile, Gutemala, México, Nicaragua, El Perú y Venezuela.
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